Vista aérea de la zona deportiva de Barbastro.

 

Los interesados en solicitar estas ayudas, que se resolverán por el régimen de competencia competitiva, pueden solicitarlas hasta el próximo 10 de agosto inclusive

 

25 de julio de 2022. Deportes

El Ayuntamiento de Barbastro ha convocado las subvenciones, con una dotación de 19.000 euros, destinadas al fomento de la práctica físico-deportiva que, una vez publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, los clubes y asociaciones podrán solicitar ya en la página web municipal, www.barbastro.org, donde ya se puede consultar toda la información. El plazo de recepción de solicitudes de las subvenciones, que se resolverán por el régimen de concurrencia competitiva, concluirá el próximo 10 de agosto inclusive.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de Administraciones Públicas. Además, se puede acceder directamente a su tramitación desde la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barbastro.

 

Beneficiarios

De estas ayudas podrán ser beneficiarios las asociaciones y clubes con personalidad jurídica propia, cuyo domicilio social y actividad habitual esté radicada en Barbastro. Todos ellos deben estar inscritos en el Registro de Asociaciones Vecinales del Ayuntamiento de Barbastro.

Esta convocatoria de subvenciones está destinada a los proyectos y/o actividades deportivas que se han desarrollado durante la temporada 2021/22, en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022.

No podrán obtener la condición de beneficiarios los que no estén incluidos en el objeto de la convocatoria, y los que se encuentren implicados en los supuestos de exclusión recogidos en la normativa básica estatal y autonómica de subvenciones en vigor.

De esta convocatoria quedan excluidos las asociaciones de vecinos, las APAS y AMYPAS y las entidades deportivas que hayan firmado un convenio con el mismo fin con el Ayuntamiento de Barbastro o con algunas de sus entidades dependientes.

 

Gastos subvencionables

Los gastos corrientes de promoción, publicidad, información y protocolo (trofeos o premios en metálico); los relacionados con pólizas de seguros, canon federativo, vinculados al desarrollo de las actividades; gastos por la adquisición de equipamiento, materiales, alquileres de enseres e instalaciones y la contratación de servicios externos; gastos de personal: técnicos, entrenadores, jueces, árbitros…; y los gastos de desplazamiento de deportistas con motivo de competición, podrán ser objeto de subvención.

Quedan excluidos de esta subvención los gastos de servicios de hostelería, restauración, alojamiento y otros de carácter protocolario no indicados anteriormente, así como aquellos cuyo producto o servicio supere el precio estimado de ese mismo producto o servicio en el mercado. No serán objeto de subvención aquellas actividades que supongan gastos de inversión, excluyendo de este concepto los gastos de material deportivo.

 
Cuantía de la subvención

Las subvenciones podrán alcanzar, como máximo, la cantidad de 3.000 euros por solicitante. La Comisión de Valoración establecerá la equivalencia en puntos-euros con objeto de llevar a cabo el reparto de la totalidad de los fondos disponibles en esta convocatoria.

 

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