Objeto: |
Concesión de la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en las construcciones rústicas
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Destinatario: |
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Área tramitadora:
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Área de Hacienda. Unidad de Intervención
Teléfono: 974 310 150 Ext: 1047
E – mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Órgano de resolución: |
Concejal Delegada del Área de Hacienda
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Proceso de tramitación: |
Presentación presencial en el Ayuntamiento de Barbastro
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Lugar de tramitación: |
Excmo. Ayuntamiento de Barbastro
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Plazo de resolución: |
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Efectos del silencio: |
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Normativa aplicable: |
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 74.
- Ordenanza Fiscal Nº 1 - Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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Documentación necesaria: |
- Solicitud de bonificación de Impuesto sobre Bienes Inmuebles por construcciones rústicas.
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Observaciones: |
- El plazo de solicitud será del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.
- La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de solicitar cualquier tipo de documentación complementaria
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Instancias: |
- Solicitud de bonificación de Impuesto sobre Bienes Inmuebles por construcciones rústicas.
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