La Unidad de Personal, incardinada dentro del Área de Régimen Interior se encarga, conforme a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la normativa reguladora de régimen local, de los trámites administrativos y procedimentales necesarios para la planificación, selección, ordenación de la actividad profesional, y gestión de los recursos humanos de la entidad local.
Tanto personalmente como a través del teléfono del Ayuntamiento o vía electrónica, se atienden las demandas y consultas de los barbastrenses con el objetivo de facilitar en todo lo posible su relación con la administración municipal con criterios de eficacia, transparencia, rapidez y accesibilidad. En un horario ininterrumpido de 8 a 15 horas, se proporciona información y se atiende al ciudadano resolviendo dudas acerca de ciertos servicios, trámites y actividades municipales, actividades de ocio y cultura, y en general de los recursos sociales que existen en la ciudad.
Este área, además, se encarga de efectuar las notificaciones y la entrega personal de documentos oficiales a sus destinatarios cuando así se encomiende por la Alcaldía, los concejales delegados, la Secretaría General o las diversas unidades del Ayuntamiento.
Esta unidad administrativa se ocupa de la recepción de documentos presentados en el Ayuntamiento de Barbastro, bien sea físicamente, por correo o vía electrónica. Todos los documentos son registrados tanto de entrada como de salida y distribuídos a las distintas áreas o a los particulares o entidades interesadas.
Corresponde asimismo a esta unidad la colocación de todo tipo de anuncios oficiales en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y la preparación, en su caso, bajo la dirección de la Secretaría General, de los certificados del resultado de la exposición pública de los mismos.
Esta unidad asume el mantenimiento del Padrón municipal de habitantes y las relaciones con el Instituto Nacional de Estadística para la formación del censo electoral y de los demás censos que deban formarse por mandato legal, la nomenclatura de las vías públicas y la organización de los procesos electorales y la relación para ello con todas las Administraciones y organismos implicados en tales procesos.
El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualemente. Para realizar el empadronamiento en el Ayuntamiento de Barbastro el interesado debe personarse en la Centralita y presentar la siguiente documentación:
Para solicitar un volante de empadronamiento, el interesado debe personarse en la Centralita del Ayuntamiento con un documento que acredite su identidad.
Procedimiento para la solicitud de alta o modificación de datos
Procedimiento para expedición del certificado de empadronamiento
Asume la función de tramitar los expedientes de patrimonio, tales como enajenaciones, parcelas sobrantes, permutas, adquisiciones por compra o por expropiación (excluidas de entre estas últimas las expropiaciones que constituyan sistema de actuación en el ámbito de una unidad de ejecución urbanística y las demás previstas por la legislación de esta naturaleza), arrendamientos, etc...
Asume, asimismo, la función de tramitar los expedientes de contratación de obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultorías, asistencias técnicas y servicios para el Ayuntamiento, contratos administrativos especiales y contratos de Derecho Privado, excluidos de, entre estos últimos, los que se refieran a operaciones de crédito y de tesorería.
Gestiona además el Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General.